Jueves, 29 de Diciembre de 2011
El bien jurídico protegido en el robo es la propiedad.
Es un delito instantáneo, y cuya consumación se fija en el momento que se completa el apoderamiento de la cosa, en tanto, por su parte, el bien jurídico protegido con la penalización de la portación y/o tenencia ilegítima de arma
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